Alguna productividad asciende a más de 19.000€ anuales por trabajador.
El lunes 4 de marzo IU registró un escrito solicitando cual es la “motivación” que ha tenido el equipo de gobierno del PP del Ayuntamiento de Astillero para que algún trabajador se le abone más de 19.000€ anuales de productividad y a otros muchos, cobren 184,15 euros. Hay que tener en cuenta que en el Ayuntamiento de Astillero hay personal temporal que su sueldo bruto anual no supera esa cantidad. Todo ello para poder depurar futuras responsabilidades legales.
Esta productividad se fija por objetivos y se establecen tres tipos de módulos. La productividad “1”, asignada a todo el personal funcionario y laboral fijo del Ayuntamiento de Astillero. La denominada “2”, en función de objetivos fijados por la Alcaldía del PP, y la productividad “3”, a distintos colectivos (Instalaciones deportivas, Limpieza Viaria y Policía Local).
El Alcalde de Astillero, Carlos Cortina “echa balones fuera” en el anteúltimo pleno municipal donde el Concejal de IU, Fernando Solar, identifica algún trabajador con una productividad de más de 9.700 € anuales, como candidato a las últimas elecciones municipales por el Partido Popular.
Por todo esto desde el grupo municipal de Izquierda Unida Astillero-Guarnizo, pedimos la “motivación” que ha tenido el PP, por cada trabajador, para repartir esa productividad, así lo contempla la “Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común”, artículo 54”, este artículo está denominado como “Motivación” y en su apartado f) dice textualmente: “Los que se dicten en el ejercicio de potestades discrecionales”. Por todo esto desde IU Astillero nos preguntamos el porqué unos cobran tanto y otros tan poco. Así mismo también queremos ver el “porqué” muchos de los trabajadores cobran 184,15€ anuales de productividad.
Desde IU le decimos al señor Alcalde Carlos Cortina: “Esto no es un cortijo”, no se puede asignar productividad por la sigla política del trabajador o por solo afinidad. En el pleno del día 27 de junio de 2008 se aprobó el “Método de reparto de la productividad del personal del Ayuntamiento de Astillero”, donde se tiene que aplicar el documento que establece la metodología aplicativa, y dentro de ella la definición de los objetivos, los factores de medición, las técnicas de valoración y los sistemas de abono. Y de conformidad con lo dispuesto en la ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, complemento de productividad (artículo 24 y ss), fijándose la misma en función del grado de interés, iniciativa y esfuerzo.